sábado, 30 de abril de 2011

MINISTERIO DE AMBIENTE

El Ministerio del Medio Ambiente del Perú

PRESENTACIÓN
El presente trabajo se enfoca principalmente en el nuevo Ministerio del Medio Ambiente, el cual se detallará con más precisión a continuación.

INTRODUCCION
El Ministerio del Medio Ambiente es la máxima autoridad ambiental del país y fue promulgado por el presidente de la República, Alan García, el martes 12 de mayo del 2008. Sus objetivos son, entre otros, impulsar las políticas y regulaciones a las que se sujetarán la recuperación, conservación, protección, ordenamiento, manejo, uso y aprovechamiento de los recursos naturales renovables y del medio ambiente de la nación, a fin de asegurar el desarrollo sostenible.
Además, reserva, delimita, sustrae y administra las áreas que integran el Sistema de Parques Nacionales Natural. Asimismo, coordina, promueve, y orienta acciones de investigación sobre el medio ambiente y los recursos naturales renovables, como también fija pautas generales de conservación, preservación, uso, ordenamiento y dirección de las cuencas hidrográficas y demás áreas de manejo ambiental como las zonas marinas y costeras.

MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE

El Ministerio del Ambiente sería la institución encargada de planificar y aplicar políticas, estrategias, regulaciones, inspección y manejo de temas ambientales, de control y fiscalización ambiental y prevención de la contaminación mediante educación ambiental. Pero también administrar los parques nacionales y parques industriales y contribuir al desarrollo sostenible del país.
A través del Ministerio se viabilizarían los compromisos internos y externos de Perú sobre temas ambientales, se concentrarían administrativamente los esfuerzos de diversas instituciones (CONAM, INRENA, DIGESA, IMARPE, DGAA, entre otros) y se desarrollaría una gestión descentralizada de los recursos naturales y de protección ambiental.
El Ministerio del Ambiente propiciaría la participación de los diversos sectores de la sociedad;  del sector empresarial, minero y metalúrgico, por su responsabilidad en el uso de recursos y administración de bienes y en la promoción de la relación recurso-uso-conservación según los principios de la sustentabilidad: social, política,  económica y ecológica.
Pero también deberá lograr la participación de los medios de comunicación, toda vez que estos son los principales creadores y orientadores de corrientes de opinión pública en aras del crecimiento y desarrollo integral de los pueblos.
Frente a la emergente crisis ambiental, con diversidad de problemas y desafíos, la educación ambiental es un componente básico y necesario en la solución de esta crisis, en la búsqueda de mejores niveles de vida de los sectores más pobres de la sociedad y que el referido ministerio deberá desarrollar.
Con una visión pigmea y de mera oposición política podría decirse que la creación de un nuevo Ministerio generaría mayor burocracia, abriría las puertas para el clientelaje político-partidario, y por tales razones no debería crearse. 
Pero pensando seriamente y con responsabilidad histórica, por un mejor destino de todos los peruanos,  este nuevo Ministerio si bien es cierto no será la varita mágica de un día para otro pero sí a mediano y largo plazo contribuiría con la solución de los problemas ambientales, si el gobierno le inyecta de presupuesto adecuado, le dota de personal técnico A1, bien remunerado, de una administración ágil y descentralizada, y le efectúa el  seguimiento y la evaluación del trabajo en función a resultados, a la utilización eficaz de los recursos, los conocimientos y las tecnologías respectivas.

PROBLEMAS AMBIENTALES EN EL PERÚ

En el Perú hay serios problemas ambientales que justifican la creación de un Ministerio del Ambiente, por ejemplo: el incremento en los índices de contaminación del agua, tierra y aire; el crecimiento desordenado de las ciudades; la eliminación de los residuos líquidos y sólidos; el hacinamiento y las viviendas con materiales inadecuados; la presencia de gérmenes patógenos debido a la carencia de una infraestructura básica y de servicios de agua potable, desagüe y servicios de recolección de basura.
También hay barrios pobres construidos sobre terrenos ilegalmente ocupados -contraviniendo las normas de seguridad y calidad ambiental- o cerca de ríos contaminados y que a corto tiempo se destruyen por deslizamientos de tierras o por inundaciones producidas por fuertes lluvias.
El trabajo de muchos obreros en fábricas e industrias se desarrolla en condiciones inadecuadas, sin suficiente iluminación, ventilación, protección contra el ruido, el polvo y las sustancias químicas tóxicas.
Y qué decir de la contaminación ambiental que producen las unidades móviles obsoletas que circulan a vista y paciencia de las autoridades, o la contaminación de suelos y ríos que originan los centros mineros y metalúrgicos en las diversas regiones del país.
La labor del Ministerio de Medio  Ambiente posiblemente será abundante, compleja y persistente al abordar los problemas de erosión y desertificación, deforestación de lomas, bosques secos y de matorrales, el inadecuado aprovechamiento de los recursos naturales, la contaminación de las cuencas hidrológicas, la sobre-explotación de acuíferos en las zonas semi desérticas, el mal manejo del agua y las actividades mineras con tecnologías sucias.

MISION
El Ministerio del Ambiente tiene como misión la conservación del ambiente, de modo tal que se propicie y asegure el uso sostenible, responsable, racional y ético de los recursos naturales y del medio que los sustenta, que permita contribuir al desarrollo integral social, económico y cultural de la persona humana, en permanentemente armonía con su entorno, y asegurar las presentes y futuras generaciones el derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado para el desarrollo de la vida.

VISION
Ejercer un liderazgo en la toma de decisiones relacionadas con la construcción de equidad social de la gestión ambiental, mediante la consolidación de una política de desarrollo sostenible y alianzas estratégicas con actores sociales e institucionales en diferentes escenarios de gestión intersectorial y territorial.

FUNCIONES
Son funciones generales del ministerio del medio ambiente:
Ø  Formular, planificar, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional del ambiente aplicable a todos los niveles de gobierno.
Ø  Garantizar el cumplimiento de las normas ambientales, realizando funciones de fiscalización supervisión, evaluación y control, asi como ejercer la potestad sancionadora en materia de su competencia y dirigir el régimen de fiscalización y control ambiental y el régimen de incentivos previsto por la Ley Nº 28611, Ley general del ambiente.
Ø  Coordinar la implementación de la política nacional ambiental con los sectores, los gobiernos regionales y los gobiernos locales.
Ø  Prestar apoyo técnico a los gobiernos regionales y locales para el adecuado cumplimiento de las funciones transferidas en el marco de las descentralizaciones.

FUNCIONES TECNICO NORMATIVAS:
·         Aprobar las disposiciones normativas de su competencia
·         Promover y suscribir convenios de colaboración interinstitucional a nivel nacional e internacional, de acuerdo a ley.
·         Formular y aprobar planes, programadas y proyectos en el ámbito de su sector

FUNCIONES ESPECÍFICAS:
·         Formular y aprobar, coordinar, supervisar, ejecutar y evaluar el plan nacional de Acción ambiental y la agenda Nacional de Acción ambiental.
·         Dirigir el Sistema Nacional de Gestión Ambiental
·         Elaborar los Estándares de calidad Ambiental (ECA) y Limites máximos Permisibles (LMP), de acuerdo con los planes respectivos. Deben contar con la opinión del sector correspondiente y ser aprobados mediante decreto supremo.
·         Aprobar Lineamientos, las metodologías, los procesos y los planes para la aplicación de los Estándares de Calidad Ambiental (ECA) y Limites Máximos Permisibles(LMP) en los diversos niveles de gobierno
·         Dirigir el sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental y el Sistema Nacional de información Ambiental
·         Supervisar el funcionamiento de los organismos públicos adscritos al sector de los objetivos de la política nacional ambiental.

ORGANIZACION
Estructura Orgánica del Ministerio del Medio Ambiente
La estructura orgánica del Ministerio del Ambiente es la siguiente:

1.    ALTA DIRECCIÓN

1.1  Despacho Ministerial

El Ministro, como titular del sector y de su respectivo pliego presupuestal, tiene las siguientes funciones:
a)    Dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, así como aprobar los planes de actuación y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes.
b)    Dirigir y supervisar las acciones de los organismos públicos bajo su competencia.
c)    Determinar y, en su caso, proponer la organización interna del Ministerio, de acuerdo con las competencias que le atribuye esta ley.
d)    Aprobar, dirigir y evaluar las políticas y los planes de gestión del Ministerio y ejercer el control sobre la gestión.
e)    Designar y remover a los titulares de los cargos de confianza del Ministerio, de los organismos públicos adscritos y de otras entidades del sector, cuando dicha competencia no está expresamente atribuida al Consejo de Ministros, a otra autoridad o al Presidente de la República y elevar a éste las propuestas de nombramiento cuando corresponde.
f)     Mantener las relaciones con los gobiernos regionales y locales y convocar a reuniones sectoriales en el ámbito de las competencias atribuidas a su sector.
g)    Refrendar los actos presidenciales que corresponden a su sector.
h)    Las demás que la Constitución Política del Perú, las leyes y el Presidente de la República le asignen.

1.2  Funciones del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales

El Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales tiene las siguientes funciones:

a)    Diseñar la política y estrategia nacional de gestión integrada de recursos naturales y supervisar su implementación.
b)   Diseñar la política y estrategia nacional de gestión integrada de las áreas naturales protegidas por el Estado y supervisar su implementación.
c)    Elaborar y coordinar la estrategia nacional de diversidad biológica del Perú y su desarrollo estratégico, así como supervisar su implementación.
d)   Elaborar y coordinar la estrategia nacional frente al cambio climático y las medidas de adaptación y mitigación, así como supervisar su implementación.
e)    Elaborar y coordinar la estrategia nacional de lucha contra la desertificación y la sequía, así como supervisar su implementación en coordinación con los sectores competentes.
f)     Expedir las resoluciones viceministeriales que le competen, así como coordinar la elaboración y el cumplimiento de la normatividad ambiental, en el ámbito de su competencia.
g)   Elaborar el inventario y establecer mecanismos para valorizar, retribuir y mantener la provisión de los servicios ambientales, así como promover el financiamiento, el pago y la supervisión de los mismos.
h)   Las demás que señala la ley o le delega el Ministro.

1.3  Funciones del Viceministerio de Gestión Ambiental

El Viceministerio de Gestión Ambiental tiene las siguientes funciones:

a)    Diseñar y coordinar la política, el plan y la estrategia de gestión ambiental, así como supervisar su implementación.
b)   Expedir resoluciones viceministeriales, así como coordinar la elaboración y el cumplimiento de la normatividad ambiental, en el ámbito de su competencia.
c)    Elaborar el Plan de Estándares de Calidad Ambiental (ECA) y Límites Máximos Permisibles (LMP) respectivos, que deben contar con la opinión del sector correspondiente y ser aprobados por decreto supremo.
d)   Aprobar los lineamientos, las metodologías, los procesos y los planes para la aplicación de los Estándares de Calidad Ambiental (ECA) y Límites Máximos Permisibles (LMP), que deben ser aplicados por las entidades públicas en el ámbito de sus competencias.
e)    Promover y difundir tecnologías ambientales innovadoras, desarrollar capacidades y fomentar las ciencias ambientales.
f)     Coordinar, fomentar y promover la educación, la cultura y la ciudadanía ambiental.
g)   Diseñar, aprobar y supervisar la aplicación de los instrumentos de prevención, de control y de rehabilitación ambiental relacionados con los residuos sólidos y peligrosos, el control y reuso de los efluentes líquidos, la calidad del aire, las sustancias tóxicas y peligrosas y el saneamiento, con el objetivo de garantizar una óptima calidad ambiental.
h)   Dirigir el Sistema Nacional de Información Ambiental (SINIA).
i)     Coordinar, preparar y difundir los informes sobre la situación del ambiente.
j)     Coordinar el manejo de los asuntos socio-ambientales con los gobiernos regionales y locales, de acuerdo con la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización y demás normas relacionadas.
k)    Las demás que señala la ley o le delega el Ministro.

1.4  Tribunal de Solución de Controversias Ambientales

a)    El Tribunal de Solución de Controversias Ambientales es el órgano encargado de resolver los conflictos de competencia en materia ambiental y la última instancia administrativa respecto de los procedimientos administrativos que se precisan en el reglamento de la presente ley. Asimismo, es competente para resolver conflictos en materia ambiental a través de la conciliación u otros mecanismos de solución de controversias extrajudiciales, constituyéndose en la instancia previa extrajudicial de carácter obligatorio antes de iniciar una acción judicial en materia ambiental.
b)   Las funciones y la organización del Tribunal de Solución de Controversias Ambientales se rigen por lo establecido en la Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema de Gestión Ambiental y demás normas pertinentes.

1.5  Comisión Multisectorial Ambiental

La Comisión Multisectorial Ambiental es el órgano encargado de coordinar y concertar a nivel técnico los asuntos de carácter ambiental entre los sectores. Su composición y sus funciones se rigen por las disposiciones aplicables a la Comisión Ambiental Transectorial, regulada por la Ley Nº 28245, Ley Marco del Sistema de Gestión Ambiental y demás normas pertinentes.

1.6  Comisión Consultiva Ambiental

La Comisión Consultiva Ambiental es un órgano de carácter permanente del Ministerio del Ambiente. Su función es promover el diálogo y la concertación en asuntos ambientales entre el Estado y la sociedad. Su conformación, forma de designación y número de miembros, así como su funcionamiento, son establecidos por el reglamento correspondiente

2.    GABINETES: La Alta Dirección cuenta con un gabinete de asesoramiento especializado para la conducción estratégica de las políticas a su cargo y uno para la coordinación con el Poder Legislativo.

3.    ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL. Oficina General de Auditoría Interna.

4.    ÓRGANOS DE ADMINISTRACION INTERNA

4.1  Oficina General de Planeamiento Estratégico e Información-
4.2  Oficina General de Coordinación Regional y Asuntos Socioambientales
4.3  Oficina General de Asesoría Jurídica
4.4  Oficina General de Administración
4.5  Oficina General de Negociación y Cooperación Internacional
5.    ÓRGANOS DE LÍNEA

5.1  Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales:

1.    Dirección General de Diversidad Biológica y Recursos Marino Costeros-
2.    Dirección General de Patrimonio Forestal y de Fauna
3.    Dirección General Cambio Climático
4.    Dirección General de Ordenamiento Ambiental Territorial y Suelos

5.2  Viceministerio de Gestión Ambiental:

1.    Dirección General de Políticas, Normatividad y Valoración Ambientales
2.    Dirección General de Instrumentos de Gestión
3.    Dirección General Ciencia, Tecnología e Innovación Ambiental
4.    Dirección General Educación, Cultura y Ciudadanía Ambientales
5.    Dirección General de Calidad Ambiental

6.    ENTIDADES PÚBLICAS DEL SECTOR AMBIENTE:

6.1  Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú – SENAMHI-

Adscríbase el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI, como organismo público ejecutor, al Ministerio del Ambiente, el mismo que se regirá por su norma de creación y otras complementarias.

6.2  Instituto Geofísico del Perú

Adscríbase el Instituto Geofísico del Perú - IGP, como organismo público ejecutor, al Ministerio del Ambiente, el mismo que se regirá por su norma de creación y otras complementarias.

6.3  Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental

Créase el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fiscalización, la supervisión, el control y la sanción en materia ambiental que corresponde.

Sus funciones básicas serán las siguientes:

a)    Dirigir y supervisar la aplicación del régimen común de fiscalización y control ambiental y el régimen de incentivos previstos en la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, así como fiscalizar y controlar directamente el cumplimiento de aquellas actividades que le correspondan por Ley.
b)   Ejercer la potestad sancionadora en el ámbito de sus competencias, aplicando las sanciones de amonestación, multa, comiso, inmovilización, clausura o suspensión, por las infracciones que sean determinadas y de acuerdo al procedimiento que se apruebe para tal efecto, ejerciendo su potestad de ejecución coactiva, en los casos que corresponda.
c)    Elaborar y aprobar el plan anual de fiscalización ambiental, así como elaborar el informe de resultados de aplicación del mismo.
d)   Realizar acciones de fiscalización ambiental en el ámbito de su competencia.
e)    Supervisar que las entidades competentes cumplan con las funciones de fiscalización establecidas por la legislación vigente.
f)     Emitir opinión técnica sobre los casos de infracción ambiental que puedan dar lugar a la acción penal por la comisión de los delitos tipificados en la legislación pertinente.
g)   Informar al Ministerio Público de aquellos hechos de naturaleza penal que conozca en el ejercicio de su función.

6.4  Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado

Créase el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado, como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal adscrito al Ministerio del Ambiente. Es el ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SINANPE) y se constituye en su autoridad técnico-normativa.

Sus funciones básicas son las siguientes:

a)     Dirigir el Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SINANPE) y asegurar su funcionamiento como sistema unitario.
b)     Aprobar las normas y establecer los criterios técnicos y administrativos, así como los procedimientos para el establecimiento y gestión de las Áreas Naturales Protegidas.
c)     Orientar y apoyar la gestión de las áreas naturales protegidas cuya administración está a cargo de los gobiernos regionales y locales y los propietarios de predios reconocidos como áreas de conservación privada.
d)     Establecer los mecanismos de fiscalización y control y las infracciones y sanciones administrativas correspondientes; y ejercer la potestad sancionadora en los casos de incumplimiento, aplicando las sanciones de amonestación, multa, comiso, inmovilización, clausura o suspensión, de acuerdo al procedimiento que se apruebe para tal efecto.
e)     Asegurar la coordinación interinstitucional entre las entidades del gobierno nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales que actúan, intervienen o participan, directa o indirectamente, en la gestión de las áreas naturales protegidas.
f)      Emitir opinión previa vinculante a la autorización de actividades orientadas al aprovechamiento de recursos naturales o a la habilitación de infraestructura en el caso de las áreas naturales protegidas de administración nacional.
g)     Emitir opinión sobre los proyectos normativos referidos a instrumentos de gestión ambiental, considerando las necesidades y objetivos de las áreas naturales protegidas.















Ministerio del Ambiente del Perú


El Ministerio del Ambiente del Perú es un ente ministerial creado el 13 de mayo de 2008 creado por el decreto legislativo N 1013. Su función es la de ser rector del sector ambiental, con la función de diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental. El actual Ministro del Ambiente es Antonio Brack Egg.
Posee dos Viceministerios:
·         Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales
·         Gestión Ambiental.

NATURALEZA

El Ministerio de Ambiente es un órgano del Poder Ejecutivo, es una persona jurídica de derecho público y constituye un pliego presupuestal.[1] Sus obejtivos son: asegurar el cumplimiento del mandato constitucional sobre la conservación y el uso sostenible de los recursos naturales, la diversidad biológica y las áreas naturales protegidas y el desarrollo sostenible de la Amazonía; asegurar la prevención de la degradación del ambiente y de los recursos naturales y revertir los procesos negativos que los afectan; promover la participación ciudadana en los procesos de toma de decisiones para el desarrollo sostenible; contribuir a la competitividad del país a través de un desempeño ambiental eficiente; incorporar los principios de desarrollo sostenible en las políticas y programas nacionales; los objetivos de sus organismos públicos adscritos, definidos por las respectivas normas de creación y otras complementarias.[1]

SISTEMAS AMBIENTALES

El Sistema Nacional de Gestión Ambiental se divide en: Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, el Sistema Nacional de Información Ambiental, el Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado.

FUNCIONES

Funciones Rectoras

·         Formular, planificar, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional del ambiente aplicable a todos los niveles de gobierno[1] en el marco del sistema nacional de gestión ambiental[2]
·         Garantizar el cumplimiento de las normas ambientales por parte del Ministerio del Ambiente, los demás sectores y los diferentes niveles de gobierno; realizando funciones de promoción, fiscalización, supervisión, evaluación y control, así como ejercer la potestad sancionadora en materia de su competencia y dirigir el régimen de fi scalización y control ambiental y el régimen de incentivos previsto por la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente.[2]
·         Realizar seguimiento y monitoreo, respecto de los logros en las metas ambientales a nivel nacional, regional y local y tomar las medidas correspondientes.[2]
·         Coordinar la implementación de la política nacional ambiental con los sectores, los gobiernos regionales y los gobiernos locales.[1]
·         Prestar apoyo técnico a los sectores, gobiernos regionales y locales para el adecuado cumplimiento de las funciones ambientales.[2]
Además de una comisión consultiva y otra multisectorial ambiental. El primer ciudadano designado para ser el Ministro del Ambiente del Perú es el ecologista Antonio Brack Egg.
·           Las demás que señala la ley.

Funciones técnico-normativas

·         Formular propuestas y aprobar lineamientos, normas, directivas, planes, programas, proyectos, estrategias e instrumentos de gestión ambiental en las materias de su competencia.[2]
·         Promover y suscribir convenios de colaboración interinstitucional a nivel nacional e internacional en el ámbito de su competencia y de acuerdo a ley.[2]
·         Resolver los recursos impugnativos interpuestos contra las resoluciones y los actos administrativos relacionados con sus competencias, así como promover la solución de conflictos ambientales a través de los mecanismos extrajudiciales de resolución de conflictos, constituyéndose en la instancia previa obligatoria al órgano jurisdiccional en materia ambiental.[1]
·         Cumplir y hacer cumplir el marco normativo relacionado con su competencia.[2]
·         Las demás que señala la normativa aplicable.

Funciones específicas

·         Formular, aprobar, coordinar, supervisar, ejecutar y evaluar el Plan Nacional de Acción Ambiental y la Agenda Nacional de Acción Ambiental.[1]
·         Dirigir el Sistema Nacional de Gestión Ambiental, el Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, el Sistema Nacional de Información Ambiental, el Sistema Nacional de Áreas Naturales protegidas por el Estado, así como otros que señala la ley.[2]
·         Establecer la política, los criterios, las herramientas y los procedimientos de carácter general para el ordenamiento territorial nacional, en coordinación con las entidades correspondientes, y conducir su proceso.[1]
·         Establecer los criterios y procedimientos para la formulación, coordinación y ejecución de los planes de descontaminación y recuperación de ambientes degradados.[1]
·         Evaluar las propuestas de establecimiento o modificación de áreas naturales protegidas y proponerlas al Consejo de Ministros para su aprobación.[1]
·         Implementar los acuerdos ambientales internacionales y presidir las respectivas comisiones nacionales.[1]
·         Ser el punto focal para las consultas que en materia ambiental se deriven de compromisos asumidos en los acuerdos comerciales internacionales suscritos por el Perú.[2]
·         Establecer los procedimientos interinstitucionales necesarios para que se hagan efectivas las condiciones de participación y consulta del público en coordinación con el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo[2]
·         Promover y coordinar la adecuada gestión de residuos sólidos, la protección de la calidad del aire y el control del ruido y de las radiaciones no ionizantes y sancionar su incumplimiento.[1]
·         Supervisar el funcionamiento de los organismos públicos adscritos al sector y garantizar que su actuación se enmarque dentro de los objetivos de la política nacional ambiental.[1]
·         Formular y proponer la política y las estrategias nacionales de gestión de los recursos naturales y de la diversidad biológica.[1]
·         Promover la investigación científica, la innovación tecnológica y la información en materia ambiental, así como el desarrollo y uso de tecnologías, prácticas y procesos de producción, comercialización y consumo limpios.[1]
·         Promover la participación ciudadana en los procesos de toma de decisiones para el desarrollo sostenible y fomentar una cultura ambiental nacional.[2]
·         Elaborar el informe sobre el estado del ambiente y la valoración del patrimonio natural de la Nación.[1]
·         Declarar emergencias ambientales, en coordinación con el Instituto Nacional de Defensa Civil -INDECI, el Ministerio de Salud, el Gobierno Regional que corresponda u otras entidades que tienen competencia ambiental y disponer su prórroga o levantamiento.
·         Ejercer la potestad sancionadora en el ámbito de sus competencias, aplicando las sanciones de amonestación, multa, comiso, inmovilización, clausura o suspensión por las infracciones a la legislación ambiental y de acuerdo al procedimiento que se debe aprobar para tal efecto, así como resolver recursos impugnativos que se interpongan, ejerciendo la potestad de ejecución coactiva en los casos que corresponde.

ORGANIZACIÓN

Alta Dirección

·           Despacho Ministerial
o    Ministro. Tiene como funciones:
§  Dirigir el planeamiento estratégico sectorial dentro del Sistema de Planeamiento Estratégico
§  Dirigir y supervisar los organismos públicos bajo su competencia
§  Proponer y determinar la organización del Ministerio.
§  Aprobar, dirigir, evaluar y controlar los planes de gestión del Ministerio.
§  Desginar y remover a las personas de cargos de confianza del Ministerio, de los organismos públicos adscritos y de otras entidades del sector ambiental.
§  Convocar a reuniones sectoriales con los gobiernos regionales y locales.
§  Refrendar los actos presidenciales correspondientes al sector ambiental.
§  Disenar la política y estrategia nacional de gestión integrada de las áreas naturales protegidas por el Estado y supervisar su implementación
·       Secretaría General es la máxima autoridad administrativa del Ministerio y coordina entre la Alta Dirección los órganos de asesoramiento y apoyo. Le corresponde la gestión adminsitrativa, documentaria, las actividades, las actividades de comunicación e imagen institucional, las acciones de seguridad, defensa nacional, defensa civil de la institución. Orienta y supervisa esos aspectos de los organismos públicos del Sector Ambiental. ** Asesorar a la Alta Dirección en las materias de su competencia.
·       Comisión Multisectorial Ambiental: La Comisión Multisectorial Ambiental es el órgano encargado de coordinar y concertar a nivel técnico los asuntos de carácter ambiental entre los sectores.
·       Comisión Consultiva Ambiental: La Comisión Consultiva Ambiental es un órgano de carácter permanente del Ministerio del Ambiente.
Su función es promover el diálogo y la concertación en asuntos ambientales entre el Estado y la sociedad. Su conformación, forma de designación y número de miembros, así como su funcionamiento, son establecidos por el reglamento correspondiente

Órgano Resolutivo

Tribunal de Solucióm de Controversias Ambientales Tribunal de Solución de Controversias Ambientales es el órgano encargado de resolver los conflictos de competencia en materia ambiental y la última instancia administrativa respecto de los procedimientos administrativos que se precisan en el reglamento de la presente ley. Asimismo, es competente para resolver conflictos en materia ambiental a través de la conciliación u otros mecanismos de solución de controversias extrajudiciales, constituyéndose en la instancia previa extrajudicial de carácter obligatorio antes de iniciar una acción judicial en materia ambiental.

Órgano de Control Institucional

Oficina de Control Institucional

Órgano de Defensa Judicial

Procuradoría Pública

Órganos de Asesoramiento

·       Oficina de Asesoría Jurídica
·       Oficina de Planeamiento y Presupuesto
·       Oficina de Cooperación y Negociaciones Internacionales
·       Oficina de Asesoramiento en Asuntos Socio-ambientales

Órgano de Línea

Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales

Se encarga diseñar la política y estrategia nacional de gestión integrada de recursos naturales y supervisar su implementación, elaborar y coordinar la estrategia nacional de diversidad biológica del Perú y su desarrollo estratégico, así como supervisar su implementación, elaborar y coordinar la estrategia nacional frente al cambio climático y las medidas de adaptación y mitigación, así como supervisar su implementación, elaborar y coordinar la estrategia nacional de lucha contra la desertificación y la sequía, así como supervisar su implementación en coordinación con los sectores competentes, expedir las resoluciones viceministeriales que le competen, así como coordinar la elaboración y el cumplimiento de la normatividad ambiental, en el ámbito de su competencia, elaborar el inventario y establecer mecanismos para valorizar, retribuir y mantener la provisión de los servicios ambientales, así como promover el financiamiento, el pago y la supervisión de los mismos.
·         Dirección General de Diversidad Biológica. Esta dirección es responsable de:
o    Formular la política, planes, estrategias y normas sobre diversidad biológica; supervisar la Estrategia Nacional de Diversidad Biológica a través del Consejo de Diversidad Biológica.
o    Formualar, conducir y supervisar la política, planes, estrategias e instrumentos sobre la gestión de ecosistemas del país; elaborar la Lista de Ecosistemas frágiles del Perú.
o    Promover acciones entre diferentes organizaciones del sector público y privado para la conservación biológica, los ecosismtemas y la utilización sostenible de sus componentes; promover la integración, sistematización y difusión relativa al estado de los componentes de la diversidad biológica.
o    Administrar el Centro de Intercambio de Información en Biodiversidad y Bioseguridad.
o    Formular y proponer la política nacional de bioseguridad
o    Implementar los Convenios Internacionales; ejercer funciones de Autoridad Científica-CITES Perú.
o    Elaborar la Lista Nacional de especies amenazadas, los lineamientos para su conservación, así como mantener inventarios requeridos para la gestión de diversidad biológica.
·         Dirección General de Cambio Climático, Desertificación y Recursos Hídricos. Es responsable de:
o    Formular la política, planes y normas de carácter nacional, para la gestión del cambio climático; elaborar y coordinar la Estrategia Nacional frente al Cambio Climático y la Estrategia Nacional de Lucha contra la Desertificación y la Sequía con la Comisión Nacional de Cambio Climático.
o    Mantener un registro nacional de proyectos de adaptación y mitigación, de investigaciones y de estudios.
o    Elaborar la Política Nacional del ambiente en materia de recursos hídricos
o    Promover la implementación de estrategias nacional frente al cambio climático en las políticas y planes de desarrollo nacional, regional y local.
o    Ser Autoridad Nacional sobre los Compromisos Marco de las Naciones Unidas para el Cambio Climático.
o    Implementar el sistema nacional de inventario de gases de efecto invernadero.
·         Dirección General de Ordenamiento Territorial. Se encarga de:
o    Formular la política, planes, estrategias, lineamientos, y normas de carácter nacional para el ordenamiento territorial, conducir, promover, asesorar y evaluar los procesos de ordenamiento territorial; conducir los procesos de Zonificación Ecológica Económica; promover el cumplimiento de sus funciones; promover y capacitar sobre la Zonificación Ecológica Económica y ordenamiento territorial.
o    Adminsitrar el Sistema de Información Geográfica del Ministerio, y organizar el registro nacional sobre ordenamiento territorial y la Zonificación Económica Económica.
o    Conducir y promover la articulación de los planes de desarrollo concertados, gestión de riesgos, el proceso de descentralizacióm, regionalización y desarrollo de fronteras con el ordenamiento territorial.
o    Emitir opinión técnica sobre propuestas normativas
·         Dirección General de Evaluación, Valoración y Financiamiento del Patrimonio Natural
o    Formular y promover la política, planes, estrategias, instrumentos, normas y directivas de carácter nacional para la evaluación y valoración de los recursos naturales, la diversidad biológica, los servicios ambientales y su degradación.
o    Promover el diseño de instrumentos económicos para el desarrollo estratégico de los recursos naturales y prevenir su degradación; elaborar, difundir y mantener actualizado el inventario y evaluación nacional integrados de los recursos naturales y de los servicios ambientales; organizar y actualizar el archivo nacional sobre valoración del Patrimonio Nacional, servicios ambientales y degradación de los recursos naturales; conducir la valoración de los recursos naturales, biodiversidad y sus servicios ambientales, su degradación de los recursos naturales; conducir el proceso de valoración del Patrimonio Natural de la Nación y su degradación, inventariar y valorizar la degradación de la calidad de ambiente; conducir el proceso de inventario y evaluación nacional integrada de los recursos naturales y de los servicios ambientales; formular y proponer la política nacional relacionada a los servicios ambientales y su compensación;

Viceministerio de Gestión Ambiental

Entre sus funciones están: diseñar y coordinar la política, el plan y la estrategia de gestión ambiental, así como supervisar su implementación, expedir resoluciones viceministeriales, así como coordinar la elaboración y el cumplimiento de la normatividad ambiental, en el ámbito de su competencia, elaborar el Plan de Estándares de Calidad Ambiental (ECA) y Límites Máximos Permisibles (LMP)respectivos, que deben contar con la opinión del sector correspondiente y ser aprobados por decreto supremo, aprobar los lineamientos, las metodologías, los procesos y los planes para la aplicación de los Estándares de Calidad Ambiental (ECA) y Límites Máximos Permisibles (LMP), que deben ser aplicados por las entidades públicas en el ámbito de sus competencias, promover y difundir tecnologías ambientales innovadoras, desarrollar capacidades y fomentar las ciencias ambientales, coordinar, fomentar y promover la educación, la cultura y la ciudadanía ambiental,
·         Dirección General de Políticas, Normas e Instrumentos de Gestión Ambiental, diseñar, aprobar y supervisar la aplicación de los
instrumentos de prevención, de control y de rehabilitación ambiental relacionados con los residuos sólidos y peligrosos, el control y reuso de los efl uentes líquidos, la calidad del aire, las sustancias tóxicas y peligrosas y el saneamiento, con el objetivo de garantizar una óptima calidad ambiental, Dirigir el Sistema Nacional de Información Ambiental, Coordinar, preparar y difundir los informes sobre la situación del ambiente, Coordinar el manejo de los asuntos socio-ambientales con los gobiernos regionales y locales, de acuerdo con la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización y demás normas relacionadas,
·         Dirección General de Calidad Ambiental: Hacer funciones de:
o    Evaluar los riesgos ambientales asociados a los agentes físicos, químicos y biológicos y establecer las medidas de prevención y control; diseñar y supervisar la aplicación de los instrumentos de prevención.
·         Dirección General de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental
·         Dirección General de Investigación e Información Ambiental

Órganos adscritos al Ministerio

·         Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana - IIAP
·         Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú – SENAMHI
·         Instituto Geofísico del Perú - IGP
·         Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado

PLANES

Plan Nacional de Acción Ambiental

Es el instrumento estratégico de gestión pública para la implementación de la Política Nacional del Ambiente. Sus ejes se dividen en: Conservación y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y de la diversidad biológica - que incluye Diversidad Biológica, Recursos genéticos, Biodiversidad ,Aprovechamiento de recursos naturales, Minería y energía, Bosques, Ecosistemas marino – costeros, Cuencas, agua y suelos, Mitigación y adaptación al cambio climático, desarrollo sostenible de la Amazonía, ordenamiento territorial-; Gestión Integral de la calidad ambiental -que incluye control integrado de la contaminación, la Calidad de agua, calidad de aire, residuos sólidos, sustancias químicas y materiales peligrosos, calidad de vida en ambientes urbanos,

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